Reglamento Revisión - 2008:
ARTICULO I. NOMBRE. PROPOSITO Y SESIONES
Sección 1: EI Nombre de la organización será: CÍRCULO HISPANO
Sección 2: Su propósito es el de reunir en su seno personas interesadas en mantener y promover el uso de la lengua Española y el estudio de la cultura Hispánica en sus varias ramificaciones de historia, literatura, música y bailes folklóricos. Estas actividades también podrán ser acompañadas por reuniones o sesiones (fiestas bailables) organizadas por los respectivos comités compartiendo comidas y tradiciones de los diferentes países de cultura hispana.
Sección 3: EI Círculo realizara dos (2) sesiones Ordinarias anuales en el día y la hora decididos por la Junta Directiva y por la mayoría de los socios. EI Círculo también tendrá varias sesiones intermedias extraordinarias entre las dos anteriores, dichas sesiones serán a juicio de la mayoría de los socios o de la Junta Directiva.
Sección 4: La insignia del Círculo Hispano es un diseño en forma de escudo, con sus dos iniciales C. H., estas y el bordeson de color dorado sobre fondo negro.
ARTICULO II. JUNTA DIRECTIVA
Sección 1: La Junta Directiva será constituida por los siguientes funcionarios:
a. Un Presidente.
b. Un Asistente al Presidente.
c. Un Vicepresidente.
d. Un Asistente al Vicepresidente.
e. Un Tesorero
f. Un Asistente al Tesorero
g. Un Secretario de Actas.
h. Un Asistente al Secretario de Actas.
i. Un Secretario de correspondencia.
j. Un Secretario de Socios.
k. Un Parlamentario-Consejero.
Sección 2: La Junta Directiva, con excepción del parlamentario-consejero, será elegida durante la sesión ordinaria del mes de Mayo cada año, de acuerdo con el Artículo V de este Reglamento. Los funcionarios así elegidos serán instalados con una ceremonia Formal.
Sección 3: Todos los miembros de la Junta Directiva y los Comités deberán ser socios del Círculo Hispano. EI propuesto para Presidente debe de haber participado en la Junta Directiva por espacio de un año o más, y el Vicepresidente debe de haber participado activamente en las actividades del Círculo Hispano un año o más.
Sección 4: En caso de quedar vacante la Presidencia, el Vicepresidente se hará cargo del puesto por el término que este
vacante, o, si el caso lo requiere, por el término restante del puesto como estipulado en este reglamento. Sección 5: En caso de quedar vacante alguno de los otros puestos de la Junta Directiva o de los Comités, el Presidente sugerirá el funcionario y la Junta Directiva lo aprobara por un voto de mayoría. Este deberá hacerse cargo del puesto por el término en que este vacante o por el término restante del puesto como el caso lo requiera y de acuerdo con lo estipulado en este Reglamento.Sección 6: EI parlamentario-consejero tendrá conocimientos parlamentarios y hará recomendaciones de acuerdo con el artículo VIII, Sección 1, Actividades, de los reglamentos. Será requisito para llevar este puesto haber sido presidente. EI Presidente actual sugerirá el funcionario y la Junta Directiva lo aprobara por un voto de mayoría. Este dará consejo y no tendrá voto en la Junta Directiva, en situaciones especiales hará la decisión de la acción correcta.
Sección 7: La nueva Junta Directiva tendrá la opción de escoger un asistente, si así lo amerita, dicho asistente "SI" tendrá derecho al voto.
Sección 8: Los Integrantes de la Junta Directiva deberán pagar su afiliación al Círculo anualmente, pero estarán exentos de pago de entrada a 1os programas y eventos en compensación por su trabajo.
ARTICULO III. DEBERES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Sección 1:
EI Presidente hará 1o siguiente:a. Presidirá en las Juntas Directivas y en las Juntas Generales.
b. Llevara a cabo todos los acuerdos de la Junta Directiva y las resoluciones de la Asociación.
c. De acuerdo con las instrucciones de la Junta Directiva representara al Círculo Hispano en asuntos ante las autoridades Civiles y Públicas.
d. Junto con el Secretario de Actas firmara el Acta de todas las Juntas.
e. Firmará junto con el Secretario de Correspondencia todos los contratos aprobados por la Asociación o la Junta Directiva. .
f. Llamara por escrito juntas especiales de la Asociación y la Junta Directiva.
Sección 2:
EI Vicepresidente hará lo siguiente:a. AI faltar el Presidente, presidirá en todas las Juntas.
b. Tendrá el deber de obtener el talento, ser el maestro de ceremonias (o delegara), presidirá el Comité de programa y mantendrá un Directorio de Talentos.
c. Presentara un resumen de programa a la Junta Directiva para el Boletín y aquellos funcionarios que lo necesiten. Dará información del programa al Comité de Publicidad con un mes de anticipación.
d. No se permitirá la participación en los programas sin su autorización.
Sección 3: EI Secretario de Actas hará lo siguiente:
a. Leerá el Acta de la Junta anterior.
b. Tomara nota de todas la Juntas Generales y Directivas.
c. Avisara a los socios nominados a los distintos Comités cuando se le solicite.
d. Cuando se le solicite se hará cargo de la documentación perteneciente al Circulo.
e. Firmara documentos de la organización cuando se le solicite.
f. En ausencia del Presidente y del Vicepresidente, presidirá hasta que se elija un Presidente temporal. Esta selección se hará inmediatamente.
Sección 4: EI Secretario de Correspondencia hará lo siguiente:
a. Llevara a cabo la correspondencia del Círculo Hispano según se le solicite.
b. Leerá la correspondencia o un resumen de ella en las Juntas.
c. Inmediatamente después del programa escribirá cartas de agradecimiento (guardando copias).
d. Enviara cartas de condolencia, deseos de mejoría de salud y felicitaciones por eventos de importancia en la vida de los socios.
e. Las cartas serán correctamente escritas y redactadas.
f. Recibirá del Secretario de Socios una lista de socios al corriente para cumplir con 1os cargos mencionados.
Sección 5: EI Secretario de Socios hará lo siguiente:
a. Mantendrá en un archivo o Base de Datos al corriente de 1os socios.
b. Estará encargado de las insignias con los nombres de los socios (NAME TAGS).
c. Enviara el boletín y toda la información del Círculo Hispano a todos los socios.
Sección 6: EI Tesorero hará lo siguiente:
a. Cobrara y recibirá todos los dineros debidos al Círculo Hispano.
b. Abrirá y mantendrá siempre una cuenta en nombre del Círculo Hispano registrando su firma, la del Presidente y la del Vicepresidente (oficiales de los años en vigor).
c. Cuando reciba 1os comprobantes de las transacciones, preparara 1os cheques con las cantidades y a nombre de la persona y al negocio correspondiente para pagar los gastos del mes en cuestión y firmara 1os cheques, firmando primero el Presidente, o segundo el Vicepresidente, durante la sesión mensual de la Junta Directiva. Nunca se firmaran cheques en blanco.
d. Hará un reporte por escrito durante la junta reglamentaria general conteniendo como mínimo el estado de la cuenta en el reporte anterior. EI numero, cantidad y a nombre de quien fue hecho cada cheque, el total de las entradas, el total de 1os gastos y el estado de cuenta en la fecha del reporte.
e. Estará a cargo de renovar 1os Certificados de Ahorro, dicho dinero no podrá ser utilizado por la Junta Directiva para programas normales de Círculo sin la convocatoria de una Asamblea General que autorice su uso.
f. EI informe mensual podrá ser leído o circulado a la asociación en cada Junta.
g. Mantendrá un cuaderno con 1os informes mensuales.
ARTICULO IV. COMITES
Sección 1: Los Comités que sean necesarios para efectuar mejor las funciones del Círculo Hispano tales como: Programa, Recepción, Propaganda, etc., serán nombrados por el Presidente. Los Comités funcionaran durante un año, a menos que sean nombrados para propósitos específicos que requieran más corta duración.
Sección 2: Un Comité indispensable será: EI HISTORIADOR, quien deberá haber sido Presidente. Será responsable de juntar todos los documentos, fotos, negativos del Círculo Hispano y mantenerlos en buenas condiciones. Mostrara la Historia en las Juntas Generales y las dejara a la Junta Directiva cuando se le solicite. Excepto al actual, custodiara todos los demás.
ARTICULO V. ELECCIONES DE LA JUNTA Directiva
Las elecciones de la Junta Directiva tendrán lugar de la manera siguiente:
Sección 1: Un Comité Especial de Elecciones de tres socios, uno de ellos habrá sido Presidente, serán nombrados por elPresidente con el objeto de hacer las preparaciones para las elecciones de la nueva Junta Directiva. Este Comité Especial será nombrado en la sesión ordinaria del mes de Marzo.
Sección 2: EI Presidente hará constar en la sesión ordinaria de Marzo, que el Comité Especial de Elecciones debe proponer al Círculo Hispano una completa Junta Directiva, o mas de una, durante la sesión ordinaria de Abril. EI Presidente expresara también en la sesión de Marzo que todos los socios tienen el privilegio de proponer candidatos para la Junta Directiva hasta o incluyendo el día de la sesión ordinaria de Abril.
Sección 3: En caso de no haberse hecho una moción para cerrar las nominaciones, el Presidente lo solicitara y ofrecerá una oportunidad para discusión antes de la votación de la moción.
Sección 4: Las boletas incluyendo los nombres de todos los candidatos, ya sean propuestos por el Comité Especial de Elecciones o por los Socios, serán distribuidas en la sesión ordinaria de Mayo. Los Votos serán contados entonces por tres Jueces electorales que serán socios nombrados por el Director Especial de Elecciones. Los resultados serán hechos públicos también en la sesión ordinaria del mismo mes por el Director del Comité Especial de Elecciones.
Sección 5: En las elecciones el Presidente no tendrá derecho de proponer candidatos, ni tendrá Voto, excepto en casos de empate.
Sección 6: Los candidatos que hayan obtenido mayoría de votos para cada puesto serán considerados electos para este, y se harán cargo de el en la manera estipulada en el Articulo II, Sección 2 de este reglamento.
ARTICULO VI. LAS CUOTAS ANUALES
Sección 1: Para pagar los gastos esenciales al propio funcionamiento del Círculo Hispano el Tesorero Cobrara como cuotas anuales la cantidad que 1os socios decidan por votación.
Sección 2: Las cuotas anuales pagadas por 1os socios cubrirán el año calendario del Circulo Hispano (1 de Enero hasta el 31 de Diciembre). Las Cuotas de los Nuevos Socios serán prorrateadas por meses enteros y el neto a pagar será correspondiente al intervalo desde el primero del mes en que hayan sido aceptados como socios hasta el 31 de Diciembre.
ARTICULO VII. SOCIOS
Sección 1:
Toda persona de acuerdo con los propósitos del Círculo y con 1os ideales de sus socios puede serconsiderado socio del Circulo Hispano.Sección 2: Todo socio del Circulo Hispano tendrá derecho de proponer candidatos a la consideración de los socios.
Sección 3 : Los socios Honorarios o Especiales tendrán que ser propuestos durante una sesión de la Junta Directiva.
Sección 4: Nadie usara el nombre del Circulo Hispano fines Políticos, Comerciales y Religiosos ya que somos de diferentes nacionalidades, en armonía y no se dirán palabras que ofendan el sentimiento de los socios.
Sección 5: En caso de una queja firmada del comportamiento perjudicial o dañino a la buena reputación del Círculo Hispano, será estudiada por la Junta Directiva y se tomara la acción necesaria para la solución del problema.
ARTICULO VIII. ACTIVIDADES
Sección 1: Para fomentar los propósitos del Círculo Hispano expresados en el Artículo I de este Reglamento, se harán varias actividades para llamar la atención de los socios y la Junta Directiva, para mantener contenido educativo y social del Hispano. Estas actividades podrán tomar las formas sugeridas por la lista siguiente:
a. Discursos en Español por los socios del Círculo o por oradores invitados.
b. Conferencias, disertaciones y debates.
c. Recitaciones o lecturas en prosa o verso.
d. Relatos o lecturas de cuentos, historietas y anécdotas.
e. Lecturas de novelas o de obras dramáticas.
f. Representaciones de comedias, zarzuelas, canciones, bailes, juegos, entremeses, etc.
Sección 2: EI Presidente del Círculo Hispano se encargara de nombrar Comités para llevar a cabo las actividades arriba mencionadas y otras sugeridas por los socios.
ARTICULO IX. ENMIENDAS PARLAMENTARIAS
Sección 1:
Este Reglamento será el Básico. Podrá tener enmiendas aparte, siempre que entren en acuerdo un mínimo de las dos terceras partes de los socios del Círculo Hispano presentes en la sesión convocada con cualquiera de estos fines.Sección 2: En sus procesos parlamentarios, el Círculo Hispano se regirá por las reglas estipuladas de ROBERT'S RULES OF ORDER, Newly Revised.
FIN DEL REGLAMENTO
REVISION AL REGLAMENTO ANTERIOR:
El Reglamento anterior a este, fue aprobado en el a ño 2004. En la asamblea de socios de este a ño, 2008, se propuso un cambio al Artículo II, Sección 2 de ese Reglamento y fue aprobado por más de dos terceras partes de los socios presentes en esta asamblea de socios en Mayo del a ño 2008. Se aprobó que efectivo con la nueva Junta (2008-2009), la Junta Directiva sea elegida cada año, en vez de cada dos años.
Esta información es para beneficio de los nuevos socios y socios que no estuvieron presente en la asamblea de Mayo 2008.